¿Puede Hacienda reclamar tributos millonarios a casi un centenar de joyeros investigados por el fraude del 'oro negro' hace más de una década? ¿Ha prescrito la vía administrativa después de ser absueltos en una causa penal por fraude? El ex inspector de Hacienda y abogado Rafael Natera ha analizado si la Agencia Tributaria podía reclamar los datos fiscales usados para la instrucción judicial del 'caso Fénix' para devengar esos impuestos (157 millones de euros) que parten de ejercicios de 2002 a 2006. La AEAT había pedido el pasado mes de marzo al Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba que le facilitara el acceso de los datos que obran en poder del juez retomar el caso de los joyeros involucrados en la llamada 'Operación Fénix' sobre los hechos que hubieran resultado probados en el proceso judicial. Pendiente de esta resolución judicial, ahora, este experto fiscal de acuerdo con el argumento que también ofreció a ABC el ex inspector de Hacienda Pedro Romero reconoce que «efectivamente la inspección podía retomar el caso desde el punto administrativo». Noticia Relacionada Caso Fénix estandar No Hacienda dice que es «habitual» seguir la vía administrativa tras la penal Pilar García-Baquero La Agencia Tributaria sostiene que una vez que se ha cerrado la vía penal ahora es el turno de rendir cuentas vía administrativa algo «muy habitual» No obstante y, a pesar de lo anterior, desde su punto de vista, «la calificación jurídica de los hechos que llevaron al procedimiento penal a los joyeros involucrados no fue acertada conforme a derecho por parte de la inspección atendiendo a lo establecido en la Ley General Tributaria y el correspondiente del Real Decreto, texto refundido del Impuesto sobre Sociedades, aplicable al tiempo de aquellos«. Consecuencia de lo anterior, desde la posible defraudación por el Impuesto sobre Sociedades, a juicio de Natera, «los hechos imponibles calificados acertadamente habrían prescrito ya en el inicio del proceso judicial«. Y, de otro lado, desde el pago o no del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) atendiendo a la calificación realizada por la inspección de los presuntos implicados, según expone este ex inspector de Hacienda, «no habría lugar al ingreso de cuota alguna. Lo cual hay que ponerlo de manifiesto ante la inquietud producida en los ya juzgados y absueltos de los correspondientes delitos fiscales, que se ven de nuevo previsiblemente involucrados en un nuevo procedimiento administrativo«.