El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado los recursos interpuestos por cuatro entidades en defensa del catalán sobre su no personación en el procedimiento de la aplicación del 25% de castellano en centros escolares en Cataluña. El tribunal confirma así su exclusión en la causa , aunque la resolución no es firme y los demandantes pueden interponer un recurso de casación. Las entidades que quedan, así, fuera del proceso son Ustec-Stes, la Asociación de estudiantes en defensa de la educación pública, la Plataforma per la Llengua y la Fundació Catalunya Fons. Todas ellas pidieron personarse como afectadas en el procedimiento, una petición que el tribunal no admitió a trámite el pasado verano. Poco después del revés, presentaron recurso de reposición para pedir la revocación de la resolución. Ahora, la sección 5 de la sala contenciosa administrativa del TSJC vuelve a rechazarlo. Entre otros aspectos, se argumenta que el recurso se interpuso «contra la inactividad de la Generalitat para asegurar el uso vehicular mínimo del castellano, no del catalán, siendo que en ningún momento se ha planteado ni cuestionado la posición del catalán como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo». «Por tanto, no se aprecia la condición de persona afectada, al no verse menoscabados ni perjudicados sus derechos e intereses legítimos», añade la interlocutoria. Los magistrados argumentan que, aunque en los estatutos de Plataforma per la Llengua constan como objetivos la promoción de la lengua catalana en el ámbito de la educación, el recurso versaba sobre los usos del castellano. En el caso concreto de Ustec, el tribunal apunta que «como se puede fácilmente deducir, el presente recurso no afecta en modo alguno al uso normal del catalán como lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza universitaria y en la no universitaria». El tribunal argumenta de manera idéntica el rechazo a la personación de las otras dos entidades que ha inadmitido en la causa, que se suman a la negativa que ya dio a Òmnium Cultural al considerar que sus estatutos no están directamente relacionados con el caso.