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El Supremo rechaza el recurso del PP contra el plan del Gobierno sobre la desinformación

Procedimiento de Actuación Contra la Desinformación. Con este nombre bautizó y aprobó el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) en octubre de 2020 un plan del Gobierno de Pedro Sánchez enfocado a controlar los “riesgos y amenazas” en una sociedad ciberconectada. El Ejecutivo apostaba, en línea de la Unión Europea, por dar prioridad a las noticias “veraces, completas y oportunas” difundidas por “fuentes contrastadas”, tanto de los medios de comunicación como de las instituciones.

La publicación de este plan en el BOE levantó una polvareda política. La oposición acusaba a Sánchez de censura por montar un “Ministerio de la Verdad” que caparía las informaciones negativas. El Gobierno de coalición, por su parte, justificaba la entrada en vigor de la medida como una recomendación hecha en 2015 por la Comisión Europea en la “lucha contra las amenazas híbridas” que desestabilizan países.

El asunto suscitó inquietud en los medios y acabó en los tribunales. Para tumbar la iniciativa del Gobierno sobre la desinformación, recurrieron a la justicia los 53 parlamentarios de Vox en el Congreso de los Diputados, el digital Confilegal y el Club Liberal Español. El Tribunal Supremo denegó en 2021 cada recurso en diferentes sentencias al observar alegaciones inexactas o falta de legitimación. Según los magistrados, el plan del CSN en absoluto coartaba la libertad de información.

Diez diputados del Partido Popular en el Congreso también presentaron el suyo ante el Supremo, que no se ha apartado del camino trazado y lo ha inadmitido. Confidencial Digital ha tenido acceso al auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fechado el 22 de diciembre.

Vuelve la Sala Tercera a recordar a las formaciones políticas que, pese a su “relevancia constitucional”, ser un partido “no supone razón suficiente para reconocer una legitimación activa general o de simple interés de legalidad, para recurrir en el orden contencioso cualquier actuación del poder ejecutivo”, explica la ponente, María del Pilar Teso.

“Si bien es cierto que partidos los políticos de procedencia constituyen instrumentos de participación política de los ciudadanos en el Estado democrático, porque expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política (artículo 6 de la Constitución Española), sin embargo ni dicha naturaleza, ni su función parlamentaria resulta suficiente, como venimos declarando con una reiteración que nos excusa de cita expresa, para conferirles legitimación” al impugnar ante la justicia las decisiones del Gobierno central.

El PP recurrió primero ante la Audiencia Nacional, que se declaró no competente y pasó la pelota al Supremo. En su escrito, la formación de Pablo Casado apostaba no por cuestionar la legalidad del plan del Gobierno, sino en lo tocante a proteger la información “veraz, libre, efectiva, objetiva, y sin censura”. En frente, la Abogacía del Estado se mostraba contraria a que prosperase el recurso y citaba el precedente de Vox, declarado por el alto tribunal falto de legitimación.

Los diez que firmaron el recurso lo hacían como parlamentarios del Grupo Popular en el Congreso y no como el partido en sí. Sin embargo, al replicar a la Abogacía, los recurrentes lo hicieron en representación del PP, pero para el Supremo “no resulta relevante que recurran en su propio nombre o en la cualidad que les proporciona ser diputados”. La Sala Tercera lo ha desestimado igual, por ausencia de legitimación.

El alto tribunal y, en concreto, la Sala de lo Contencioso ha reiterado en los últimos años que admitir el recurso de un partido político en temas que no afectan a su funcionamiento interno, como por ejemplo una decisión de la Junta Electoral en unas elecciones, les otorgaría una especie de acción popular encubierta no contemplada en las leyes.

Según la Comisión Europea, la iniciativa del Gobierno español atendía las directrices comunitarias para contrarrestar los bulos y en especial durante la pandemia del coronavirus, dijo un portavoz.

El CSN ha incorporado la desinformación en la Estrategia de Seguridad Nacional de 2021, según la cual el Estado debe hacer frente a los contenidos que buscan desprestigiar o influir al destinatario del ataque, unas amenazas que pretenden, según el Gobierno, crear confusión.

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