La Junta Departamental de Montevideo (JDM) aprobó este jueves el decreto que regula la venta y uso de pirotecnia sonora con fines recreativos en todo el departamento, una prohibición vigente a partir del 1° de febrero de 2022.
“El Cuerpo entiende que para estas fiestas las grandes importaciones de estos productos ya están realizadas, por lo que apunta a que luego del próximo 31 de enero se intensifique el fenómeno de reducción de compra y uso de este tipo de pirotecnia, dados los diversos tipos de problemas que genera en nuestra sociedad”, dice un comunicado colgado en la web de la JDM.
En términos de decibeles (la medida de intensidad del sonido), los umbrales del dolor en animales tales como perros, gatos y aves son bastante más bajos que en seres humanos, algo que se ha tomado en cuenta para tomar esta decisión que ya fue celebrada por colectivos de defensa de los derechos de los animales.
También se consideró el impacto en la salud humana, como en el caso de personas con trastorno del espectro autista que suelen verse afectadas por los sonidos fuertes, y además se tomó en cuenta que todos los años, para las fiestas de fin de año, hay lesionados y heridos con pólvora.
“La regulación aplica a las personas físicas y jurídicas, quedando exceptuados del ámbito de la misma los productos destinados a espectáculos de pirotecnia profesionales, la pirotecnia vinculada a la producción agrícola y la de seguridad marítima y aérea”, añadió la JDM.
Concluyó manifestando que “los espectáculos de fuegos artificiales profesionales son eventos potencialmente peligrosos en función de la cantidad de material explosivo que puede acumularse, por lo que determinó que estos solo podrán ser realizados por técnicos autorizados que posean el carné de idóneo en pirotecnia emitido por el Servicio de Materiales y Armamento del Ejército Nacional (SNA) y en cumplimiento de las disposiciones departamentales y nacionales”.
Se prohibió la realización de este tipo de espectáculos a menos de 100 metros de depósitos de combustibles, sean líquidos o gaseosos, y de centros hospitalarios y sanatoriales donde existan pacientes en régimen de internación.
Desde febrero próximo, la IM solamente permitirá la importación y venta libre de pirotecnia de estruendo rotulada con los hexágonos verdes (que es la que tiene hasta 80 decibles de alcance máximo según la referencia establecida por lo dispuesto en la Orden 0778/PROD/21 del SNA) y la de hexágonos amarillos (hasta 110 decibeles), quedando exceptuados de esta exigencia, aquellos productos pirotécnicos que hayan sido importados con anterioridad al 1° de febrero próximo.
“Si bien la habilitación para comercializar este remanente será hasta el 31 de diciembre de 2024, la zafra determina que es marzo el mes de concentración de importaciones, por lo que se apunta a que luego de estas fiestas casi no exista en Montevideo oferta de pirotecnia estruendosa (hexágonos rojo y violeta)”, remarcó la Junta capitalina.