El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas al hombre que estafó a 349 familias con las células madre del cordón umbilical que debía custodiar, y también a la empresa en la que trabajaba. Él ha sido sentenciado a cuatro años y medio de cárcel y los jueces han rechazado también el recurso de la compañía para la que trabajaba, y a la que consideran responsable civil subsidiaria. Una decisión que aumenta exponencialmente las posibilidades de que las víctimas recuperen su dinero: el fallo obliga a devolver más de 600.000 euros y pagar casi 3,5 millones en indemnizaciones por daños morales a los que el acusado no iba a poder hacer frente en solitario.
Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, ocurrieron entre 2010 y 2012. Raúl Conejero había trabajado como agente de la empresa Stem Cell y era el encargado de dar charlas en hospitales y conseguir que la gente contratase con ellos la crioconservación de las células madre obtenidas del cordón umbilical de los niños recién nacidos. Era el encargado de la Comunitat Valenciana, Murcia y una parte de Castilla-La Mancha.
El negocio al que se dedica esta compañía adquirió notoriedad después de que se hiciera público que los reyes había optado por este procedimiento cuando tuvieron a la infanta Leonor. La recolección de la sangre del cordón umbilical (SCU) tras el parto es un procedimiento que tiene como objeto recopilar las células madre del recién nacido para con posterioridad poder disponer de ellas. La idea es que al ser células poco diferenciadas y presentarse en abundancia en el cordón, pueden usarse en un futuro para combatir posibles enfermedades, como la leucemia infantil o el síndrome del niño burbuja entre otras varias.
Hay dos opciones para hacerlo: donarlas a un banco público para que sean utilizadas por quien las necesite en un futuro, o hacerlo con una compañía privada para tener exclusividad. Algunos expertos advierten de que reservarlas para uno mismo tiene poca utilidad porque las células pueden contener los mismos defectos genéticos que en el futuro se quieran combatir con ellos.
En un momento dado el negocio de Stem Cell se convirtió en estafa y empezó a cobrar dinero por procesos de crioconservación que no existían. Sus víctimas pagaron cantidades de hasta 3.000 euros cada una mientras sus muestras iban a parar a laboratorios inexistentes o a laboratorios en Suiza o Reino Unido donde no iban a hacer nada con ellas porque el acusado no había pagado para su crioconservación. Lo siguió haciendo incluso una vez despedido en 2011, cuando creó su propia empresa y siguió estafando gente pero siempre "aprovechando la credibilidad profesional que le otorgaba la representación comercial" de Stem Cell.
En apenas dos años, según declara probado en firme el Tribunal Supremo, engañó a 349 familias que le pagaron más de 640.000 euros mientras las células madre de los cordones umbilicales de sus hijos nunca eran conservadas o analizadas. Falsificó, además, certificados de la Agencia Valenciana de Salud, documentos del Ayuntamiento de la localidad alicantina de Ibi e incluso certificados de las autoridades sanitarias de Alemania para engañar a sus víctimas.
Conejero aceptó su condena tras el juicio celebrado en la Audiencia Nacional. Cuatro años y medio de prisión y sendas multas de 1.000 euros por delitos de falsedad documental y estafa, además de la obligación de devolver el dinero a sus víctimas e indemnizar a cada una con 10.000 euros por los daños morales. Él no recurrió su condena pero su antigua empresa sí: fue declarada responsable civil subsidiaria de la mayor parte del dinero y, por tanto, tenía que hacerse cargo de casi todas las indemnizaciones si él no podía pagar.
El Tribunal Supremo, con el magistrado Antonio del Moral como ponente, avala esta condena económica para la compañía. La Audiencia Nacional entendió que las víctimas tenían que ser indemnizadas no sólo con el dinero que perdieron sino por la "vertiente moral" de perder esas células madre del cordón umbilical de sus hijos. "La pérdida de ese material biológico en sí supone un perjuicio, con vertientes material y moral, anudado a la frustración definitiva de una expectativa de utilización por los hijos en caso de padecer ciertas patologías en el futuro", dijo entonces la Audiencia.
Sobre la responsabilidad de Stem Cell, argumentó que a pesar de haberle echado, "esta firmeza en reprochar la conducta del agente incumplidor no se tradujo por contra en la adopción de medidas idóneas para evitar el perjuicio de los clientes" y "no controló en lo preciso". Reprochan a la compañía, por tanto, no haber descubierto lo que estaba haciendo su empleado.
Algo que ahora avala la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Los jueces creen que sus compañeros de la Audiencia Nacional fijaron "de forma razonable" a partir de qué fecha se tenía que hacer responsable la compañía. "La Sala con toda corrección ha discriminado casos y casos" dejando fuera del paraguas de la responsabilidad subsidiaria de la empresa aquellas estafas que cometió sin utilizar su puesto de trabajo.
El Supremo explica que si llevó a cabo la estafa "actuando como agente comercial, y aunque lo ocultase al principal o le escamotease los beneficios o se apartase de las condiciones a las que se había comprometido", hay que aplicar lo que dice el artículo 120.4 del Código Penal: que la empresa para la que trabajaba se tiene que hacer cargo del dinero.