La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de marzo, a las 10.15 horas, la vista pública de los recursos presentados contra la sentencia del caso Nóos. El fallo de dicha causa se hizo público en febrero del pasado año. De los 17 acusados en el juicio del caso Nóos, finalmente fueron condenados siete, mientras que los diez restantes fueron absueltos. Entre quienes tras la sentencia presentaron recursos de casación ante el Tribunal Supremo se encuentran Iñaki Urdangarin, Diego Torres o Jaume Matas, así como la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado.
Cabe recordar que el tribunal del caso Nóos condenó a Urdangarin a seis años y tres meses de cárcel, como autor de los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias y dos delitos contra la Hacienda Pública. Por su parte, Torres fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, por los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias, un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo. En cuanto a Matas, se le impuso una pena de tres años y ocho meses de cárcel, por un delito de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación— y otro de fraude.
En el caso Nóos se intentaba dirimir, esencialmente, si hubo presuntas irregularidades en los convenios firmados por el Instituto Nóos con diversas entidades públicas de la Comunidad Valenciana y de Baleares, si las sociedades que conformaban el grupo Nóos habrían realizado los trabajos por los que fueron contratadas y si la facturación utilizada o las condiciones laborales de los empleados fueron conformes a la ley.
Las cuatro personas que, aparte de Urdangarin, Torres y Matas, también fueron condenadas son los integrantes de la llamada «trama balear». A dichas personas el tribunal les impuso penas menores de dos años de prisión, que podían ser sustituidas por una multa.
Por lo que respecta a las diez personas absueltas, se exculpó a la Infanta del delito de cooperadora necesaria que le atribuía Manos Limpias en relación a los dos delitos fiscales cometidos por su marido a través de Aizoon. La titularidad de dicha mercantil era compartida a medias por el matrimonio. La sentencia señalaba que Doña Cristina debería abonar, sin embargo, una multa de 265.088 euros, al considerarla el tribunal responsable civil a título lucrativo de las irregularidades tributarias cometidas por su esposo. El tribunal absolvió también a la esposa de Torres, Ana María Tejeiro, a quien, no obstante, se le impuso una sanción de 344.934 euros.