Alerta al personal laboral de la Administración: cómo solicitar la jubilación parcial recién aprobada
Ya se ha publicado en el BOE la nueva regulación de la jubilación parcial, que sustituye a las instrucciones de 2022 y adapta el procedimiento a los últimos cambios legales. El Gobierno ha aprobado que el personal laboral de las administraciones públicas la jubilación parcial a partir del día 10 de junio de este año, tras publicarse la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que hace oficial el acuerdo firmado con los sindicatos a finales de marzo para resolver el bloqueo que impedía a estos empleados públicos acceder a la jubilación parcial
Requisitos principales
- Ser personal laboral fijo a jornada completa.
- Tener como máximo tres años menos que la edad ordinaria de jubilación.
- Acreditar al menos seis años de antigüedad inmediata en la Administración.
- Contar con 33 años de cotización (25 años en caso de discapacidad igual o superior al 33%).
¿Cómo solicitarlo?
- Con al menos tres meses de antelación.
- A través del Portal Funciona.
- Adjuntando el informe de vida laboral actualizado.
Consecuencias y opciones
Reducción de jornada
- Entre el 25% y el 75%, según la jornada actual y la anticipación de la jubilación.
Acumulación de jornada
- Se podrá concentrar el tiempo de trabajo restante por días, semanas, meses o incluso realizarlo todo seguido en un único período hasta la jubilación total.
Contrato de relevo
- Las jubilaciones parciales anticipadas llevarán asociada la contratación de una persona relevista con contrato indefinido y a jornada completa.
Fechas
- La resolución entra en vigor el 10 de junio de 2026.