El juez Juan Carlos Peinado ha dado diez días de plazo a las acusaciones populares del "caso Begoña Gómez" para que decidan quién de ellas liderará la acción popular en sustitución de Vox, después de que la Audiencia Provincial de Madrid dejase sin efecto la decisión del instructor de que fuese el partido de Santiago Abascal quien aglutinase al resto de acusaciones.
A la espera de que se produzca el quorum entre las acusaciones populares -además de Vox, Manos Limpias, Hazte Oír, Iustitia Europa y el Movimiento para la Regeneración Política de España-, el magistrado ha acordado que sea Hazte Oír quien las represente el próximo día 18, cuando están citados a declarar como investigados Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y el exconsejero madrileño Juan José Güemes.
Y es que fue precisamente la admisión a trámite de la querella de Hazte Oír por apropiación indebida -en relación al software desarrollado en el seno de la cátedra en la Universidad Complutense que se habría registrado a su nombre a espaldas de la UCM- la que motivó que Peinado ampliara los hechos de investigación y le imputase también a Gómez este delito y el de intrusismo profesional, lo que ha motivado esta tercera citación judicial de la esposa de Pedro Sánchez.
El instructor recuerda que a lo largo del procedimiento "en ningún momento se ha permitido actuar" a los cinco letrados durante las comparecencias ni "formular preguntas", pues en todas ellas ha intervenido sólo la letrada de Vox, Marta Castro.
De ahí que explique que "en tanto en cuanto se pongan de acuerdo dichas acusaciones populares, a los efectos indicados, procede designar, si previamente, no se hubieran puesto de acuerdo, para las diligencias del día 18 de diciembre próximo, como único letrado que intervenga, en dichas diligencias" a Javier María Pérez Roldán, abogado de Hazte Oír, "sin perjuicio de que puedan estar presentes, si así lo desean, el resto de los letrados de las acusaciones populares".
En la resolución en la que admitió a trámite la querella de Hazte Oír, Peinado -que ordenó a la Policía judicial que entregase en mano la denuncia a Begoña Gómez en Moncloa- advertía indicios de delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional por el uso que hizo del software para empresas para cuyo desarrollo la UCM desembolsó 100.000 euros. En particular, respecto a la inscripción, como codirectora de la cátedra de Transformación Social Competitiva, y en calidad de titular de la empresa Trasforma TSC, de la marca TSC Transformación Social Competitiva y, posteriormente, del software de la cátedra, "que había sido financiado por empresas, pero siempre para la Universidad Complutense de Madrid".
Para el magistrado también pudo cometer un delito de intrusismo profesional, que castiga a quien "ejerce actos propios de una autoridad o funcionario, atribuyéndose carácter oficial” o desarrolla “una profesión u oficio sin disponer del título que habilita para llevar a cabo esa actividad", al "elaborar, redactando, los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación, por parte del Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid, del servicio de asistencia y asesoría técnica y tecnológica, para la creación de una Plataforma de gestión y medición de impacto para la pequeña y mediana empresa en la Universidad Complutense de Madrid".