La Comisión Nacional de Valores (CNV) flexibilizó el régimen especial de información de tenencias de accionistas de los mercados. La medida, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, busca simplificar y, en determinados casos, automatizar los trámites informativos.
La Resolución General 1036 modifica los criterios y los plazos de presentación de la información, y se suma así a la reforma implementada en el régimen general de tenencias (con la Resolución General 1035). Ahora, la CNV cambió el régimen especial de información de tenencias accionarias en emisoras que revistan la calidad de "Mercados" bajo oferta pública.
El objetivo es "garantizar una mayor eficiencia en el mercado", afirmaron desde el organismo.
La nueva normativa establece que, desde ahora, los accionistas de los mercados deberán informar a la CNV sobre cualquier variación en su participación accionaria solo cuando alcance múltiplos del 2%. Esto simplifica y facilita el proceso de presentación de la información.
Por otra parte, se establece un plazo de diez días hábiles que permitirá a los inversores preparar sus presentaciones, eliminando el requisito de la inmediatez.
"Con estas acciones, se reafirma el compromiso de la CNV con el desarrollo y la transparencia del mercado de capitales en Argentina", indica la entidad.
En la misma normativa, también se habilita un medio electrónico para la presentación en forma instantánea de la información para los casos que no corresponda su envío por la AIF. Esto permitirá reducir los costos asociados a su envío y facilitará el cumplimiento de los plazos establecidos.
En otra resolución publicada también este viernes, la CNV allanó el camino para las privatizaciones de compañías públicas a través del mercado de capitales.
El organismo aclaró algunas disposiciones aplicables a la oferta pública de adquisición obligatoria (OPA) para eliminar algunas "barreras regulatorias" que dificultaban el proceso para transferir parte de las participaciones accionarias del Estado a un privado.
Mediante la Resolución General N°1037, se establece una nueva regulación que habilita la trasferencia, igual o inferior al 50% de participaciones accionarias por parte del Estado Nacional, de forma directa o indirecta, o a través de sociedades controladas correspondientes a empresas del sector de energía o gas, a un adquiriente privado sin necesidad de realizar una oferta pública de adquisición obligatoria.
Esto podrá hacer siempre que el adquiriente privado asuma la misma posición del vendedor en un convenio de accionistas preexistentes, sin alterar la participación de dicha sociedad