1º. “En el marco de la tercera pieza separada de las Diligencias Previas 38/2017 abiertas en el Juzgado Central de Instrucción nº 3 no se investiga “el presunto saqueo de la petrolera estatal venezolana”. Estos hechos se investigan, a raíz de querella de PDVSA, en la pieza separada primera, en la cual ni estoy ni he estado nunca investigado. En la pieza separada tercera se investiga una inversión en activos inmobiliarios en Marbella.
2º. El Juzgado Central de Instrucción denegó la petición de la Fiscalía para bloquear los fondos en Luxemburgo de CVGN, empresa de la que soy titular, no sólo con el argumento de que yo no estaba implicado en la investigación de PDVSA y que la pieza segunda ya se había archivado, sino básicamente porque los hechos relativos a la empresa CVGN “ni si quiera integran ni han integrado nunca el objeto de este procedimiento en su integridad”
3º. La sociedad CVGN no ha operado nunca en España.
4º. En esta pieza separada tercera, el Juzgado no ha concretado la cuantía de responsabilidad civil a la cual los investigados podrían enfrentarse ni quién sería el perjudicado. Pero aun en la hipótesis de que se entendiera que ascendería a seis millones de dólares, como se deduciría la noticia, no se advierte la razón de bloquear un saldo de cuarenta millones de euros, como propone la Fiscalía.
5º. Después de más de siete años de investigación, no he sido condenado a pena alguna. De hecho, no se ha abierto contra mí ningún juicio. Por el contrario, el Tribunal Constitucional me otorgó amparo (STC 180/2020) ante las irregularidades que sufrí en este procedimiento y que vulneraron mis derechos fundamentales”.